Este tribunal, visto que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el articulo 133 de la Ley Orgánica Procesal del trabajo, da por concluido el presente proceso en relación al ciudadano JHONY ENRIQUE ROJAS NORIEGA y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden publico, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. Archívese el expediente una vez que conste en autos la totalidad del pago. Devuélvanse las pruebas presentadas al inicio de la audiencia preliminar. Emítase copias a las partes.