Este Tribunal Cuarto de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, con fundamento en el artículo 330 y 331 del Código Orgánico Procesal Penal, ORDENA ABRIR EL JUICIO ORAL Y PÚBLICO contra el acusado Israel Segundo Barrios Uzcategui, titular de la cedula de identidad Nº 5041297,. Identificado en autos, por la presunta comisión del Delito Robo Agravado en Grado de Facilitador, previsto y sancionado en los artículos, 460 del Código Penal, en concordancia con el articulo 84 ordinal 1º ejusdem y 9 de la Ley Sobre el Hurto y robo de vehículos Automotores. Se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco días concurran ante el Juez de Juicio que le corresponda conocer. Transcurrido el lapso legal remítase por secretaría las presentes actuaciones a los fines de su distribución. Notifíquese a las partes. Regístrese. Remítase. Cúmplase.