DISPOSITIVA
En mérito de las consideraciones antes expuestas, éste Juzgado Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 191 y 192 del Código Orgánico Procesal Penal, anula de oficio las actuaciones procedimentales realizadas posterior a la audiencia preliminar de fecha 11/10/2006, en la presente causa seguida al ciudadano Alexis José Mavares Herrera, por la presunta comisión del delito de Richard José Colmenares González, por la presunta comisión del delito de Aprovechamiento de Vehiculo proveniente del Hurto o Robo, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley sobre el Hurto y Robo de Vehículo Automotor, por haberse verificado violación de normas de debido proceso, debido a la omisión de imposición al imputado de las medidas alternativas a la prosecución del pro.....