Se dictó SENTENCIA DEFINITIVA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto en fecha 17 de febrero de 2009, por la abogada Patricia Vargas Sequera, en su condición de apoderada judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada en fecha 10 de febrero de 2009, por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara, en el juicio de tránsito seguido por Aura Pastora Diaz y Clara Rosa Diaz, contra la ciudadana Andreina María Rojas Granado y María del Socorro Granado. En consecuencia, se declaró SIN LUGAR LA DEMANDA Y SIN LUGAR LA RECONVENCIÓN. Se condenó en costas a la parte actora, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 281 del Código de Procedimiento Civil, por haber resultado vencida en el ejercicio del recurso de apelación.