-V-DISPOSITIVO:
Por las razones antes expuestas, este Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria de la Circunscripción Judicial del estado Lara, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se declara la CONFESIÓN FICTA del ciudadano RAFAEL TOBIAS RIERA MOGOLLON.
SEGUNDO: CON LUGAR LA DEMANDA POR RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO intentada por MARTHA ELENA CHIRINO ARGUELLO Y JOSE GREGORIO RIERA, en consecuencia SE DECLARA RECONOCIDO EL DOCUMENTO PRIVADO PRESENTADO por los demandantes.-
TERCERO: Se autoriza la protocolización de la presente sentencia previo el cumplimiento de los requisitos exigidos por la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario en su décima Disposición final.-
PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE
Déjese copia certificada por secretaría de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, y a los ordinales 3 y 9 del.....