Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Con Lugar; la aclaratoria de sentencia formulada por el abogado en ejercicio JORGE LUIS MOGOLLÓN, titular de la cédula de identidad N° 3.984.680, inscrito en el Instituto de Previsión Social bajo el Número 23.834.-