Por lo antes expuesto, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente causa y DECLINA la competencia por el territorio al Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas. En consecuencia, una vez quede firme la presente decisión, se ordena remitir las actuaciones al Tribunal Superior (Distribuidor) Contencioso Tributario del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de la sustanciación y decisión.-