Así las cosas y tejidos al hilo de los razonamientos precedentes, este Juzgado Segundo de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano PALACIOS VAZQUEZ DARWIN, titular de la cedula de identidad Nº V- 7.398.661, contra las empresas COCA COLA FEMSA DE VENEZUELA, S.A. DE C.V.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas de conformidad con la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara. En Barquisimeto, 24 de Abril de 2012 Años: 202° de la Independencia y 153° de la Federación.