Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrado Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: SIN LUGAR la recusación interpuesta por el Abogado Rafael Montes de Oca, Apoderado Judicial del Sociedad Mercantil Agroinves. C.A. contra la Jueza Provisoria del Juzgado Segundo de Primera Instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara Extensión El Tocuyo, con fundamento en lo previsto en los ordinales 17º y 18° del artículo 82 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECIDE. SEGUNDO: Se impone una multa de DOS MIL BOLIVARES (Bs.2.000,oo), de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, y al efecto se ordena a la parte recurrente depositen la mencionada cantidad a la orden del Fisco Nacional, dentro de los tres (3) días siguientes, una vez que conste en actas la notificación del presente fallo, advirtiéndol.....