Este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: DESISTIDO EL RECURSO DE APELACIÓN interpuesto por el abogado Anmar Tirado, contra la sentencia dictada en fecha 25 de septiembre de 2006, por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo.
SEGUNDO: Se condena en Costas a la parte recurrente, de conformidad con el Artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
TERCERO: Se confirma la sentencia apelada.