DECISIÓN
Por las razones que anteceden, este Juzgado Superior Primero Civil y Mercantil del Estado Lara, actuando en sede Constitucional, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la apelación interpuesta por el abogado REYNALDO JESÚS FRANCO PÉREZ, actuando en nombre y representación de la querellante, contra la decisión dictada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO DEL ESTADO LARA. En consecuencia, se declara IMPROCEDENTE la acción de amparo constitucional interpuesto por la empresa mercantil CENTRO DE EDUCACIÒN INICIAL SAMAN DE GUERE, C.A., contra la decisión de fecha 10/07/2012 dictada por el JUZGADO SEGUNDO DEL MUNICIPIO IRIBARREN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA.
Queda así REVOCADO el fallo apelado.
No hay condenatoria en costas por la naturaleza del mismo.
De conformidad con el Artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, expídase copi.....