Este Tribunal Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO incoada por la ciudadana MARELIS CHIQUINQUIRA RODRÍGUEZ OCANTO, venezolana, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-14.376.852, en contra del ciudadano JONATHAN MARTINEZ NUÑEZ, venezolano, mayor edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.715.740, en relación a la disolución del vínculo matrimonial. En consecuencia, SE DECLARA DISUELTO el vínculo conyugal existente entre los mencionados ciudadanos, el cual contrajeron por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Naiguatá, Municipio Vargas, Estado Vargas, en fecha 11 de Junio del año 2003, quedando inserta el Acta bajo el Nº 03, en uno de los Libros de Registro de Matrimonios llevados por ante ese Despacho.