Decisión:
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Sede Constitucional, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara CON LUGAR el recurso de amparo constitucional interpuesto por la ciudadana NATHALI OBERTO HUNG, contra la ciudadana ALICIA DEL ROSARIO RODIGUEZ RICAUTER, ambas ya identificadas.
En consecuencia se ordena a la parte agraviante hacerle entrega a la parte reclamante de los bienes muebles que a continuación se discriminan: tres (03) estaciones con espejo, tres (03) Sillas de peluquería, un (01) ayudante de peluquería tipo bar, cuatro (04) lámparas fluorescentes, una (01) vitrina para demostración, un (01) mueble de locker, una (01) silla de recepción, una (01) camilla, un (01) equipo de gimnasia pasiva, un (01) vaporizador, una (01) lupa facial, un (01) lava cabeza, un (01) la.....