En mérito de lo anteriormente expuesto, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: CON LUGAR, el recurso de apelación ejercido por la parte demandada contra la decisión de fecha 05 de diciembre de 2014.
SEGUNDO: Se REVOCA la decisión recurrida.
TERCERO: Se ordena la admisión del llamado a terceros.
CUARTO: No hay condenatoria en costas, de conformidad