En mérito de los razonamientos que anteceden, este Juzgado Quinto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la EXTINCIÓN DEL PROCESO POR FALTA DE INTERÉS PROCESAL, en la presente solicitud de Titulo Supletorio suscrita por la Sociedad Civil IGLESIA JUAN 3:26, inscrita por ante el Registro Público del Segundo Circuito del estado Lara en fecha seis (06) de noviembre del año 2015, bajo el N° 12, Folio: 49, Tomo: 28, con registro de información fiscal (RIF) N° J-40732260-5, representada en este acto por el ciudadano FRANCISCO DE ASIS UNDA MOGOLLÓN, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 7.398.334, en base al criterio establecido en el fallo dictado por la Sala, mediante sentencia N° 2673 del 14 de diciembre de 2001, caso: DHL Fletes Aéreos, C.A. en concordancia con lo establecido en el artículo 16 de.....