En virtud de las consideraciones expuestas previamente, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: DESISTIDO el recurso de apelación interpuesto, por el ciudadano José Martín Labrador, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A, bajo el N° 64.944, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora, contra la sentencia dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara de fecha 06 de marzo de 2007.
En consecuencia se CONFIRMA la sentencia recurrida.