PRIMERO: Se ADMITE el presente RECURSO DE NULIDAD DE ACTO ADMINISTRATIVO DE EFECTOS PARTICULARES. En consecuencia, de conformidad con lo establecido en el artículo 78 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contencioso Administrativa ordena notificar:
(1) AL MINISTRO DEL PODER POPULAR PARA EL PROCESO SOCIAL DEL TRABAJO y al ciudadano PROCURADOR GENERAL DE LA REPÚBLICA, mediante oficio dirigido a cada uno de ellos, con copia certificada de la demanda, y se ordena librar exhorto a los tribunales laborales del Área Metropolitana de Caracas a los fines de su práctica.
(2) Al ciudadano INSPECTOR DEL TRABAJO SEDE PEDRO PASCUAL ABARCA DEL ESTADO LARA que emitió el acto impugnado, mediante oficio al cual se anexará copia certificada del recurso, con la advertencia que deberá remitir el original del expediente administrativo relacionado con el presente caso, en el lapso de diez (10) días hábiles siguientes, con la advertencia que la falta de cumplimiento será sancionado de conformidad con e.....