//Por las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, actuando en Sede Constitucional, en Primera Instancia, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve: DECLARAR INADMISIBLE la Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el Abogado Ramón Pérez Linarez quien funge como defensor de la ciudadana Yajaira Coromoto Chirinos De Coronel, contra la decisión dictada en fecha 01 de Diciembre de 2009, por el Juez de Control Nº 12 de este Circuito Judicial Penal Extensión Carora, en el Asunto Principal Nº KP01-P-2007-007738. Inadmisibilidad prevista en el numeral 5 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparos sobre Derechos y Garantías Constitucionales.