´En virtud de las razones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Segundo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley decide:
PRIMERO: De oficio se anula el auto de fecha 22 de Abril del año en curso dictado por el Juzgado Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de medidas de los Municipios y Jiménez y Andrés Eloy Blanco de esta Circunscripción Judicial y todas las actuaciones subsiguiente al mismo.
SEGUNDO: Se repone la causa declarándose Inadmisible la reconvención por prescripción adquisitiva incoada por Luis Alberto Freitez, contra los ciudadanos: Gabino Antonio Jiménez Duno, Rafael Inocencio Jiménez Duno, Yelitza Altagracia Jiménez Duno y Andrea Valentina Jiménez Lara, todos identificados en autos.
TERCERO: En virtud de lo precedentemente decidido se declara inexistente la regulación de competencia por la cual se originó la.....