Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental ADMITE el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto subsidiariamente al Recurso Jerárquico, en cuanto a lugar en derecho, de acuerdo a lo señalado en el artículo 267 del Código Orgánico Tributario. Asimismo, se ordena notificar a las partes y al Procurador General de la República de Venezuela y una vez conste en autos la última de las notificaciones se precederá conforme con lo establecido en el artículo 268 y siguientes del Código Orgánico Tributario.