En virtud de lo anteriormente expuesto, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: este Tribunal Noveno de Control Ordena la Apertura del Juicio Oral y Público en la presente causa seguida al ciudadano: ENYELBER ANTONIO VALERA ARRIECHE, venezolano, de 30 años de edad, soltero, titular de la cédula de identidad Nº 13.187.974, antes identificado, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el Artículo 458 Del Código Penal Vigente. Así mismo se acordó mantener la medida de Arresto Domiciliario, de conformidad con el Artículo 256 Ord. 1 del Código Orgánico Procesal Penal.
Se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco días concurran ante el Juez de Juicio competente, a los fines de que se celebre el debate oral y público a que hubiere lugar, instruyéndose a la Secretaria del Tribunal a objeto de remitir al Juzgado de Juicio respectivo la documentación, actuaciones y objetos que se incautaron y .....