DISPOSITIVA
Por las razones anteriormente expuestas, éste Tribunal Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda intentada por el ciudadano ANTONIO JOSE MILAZZO CALCINA, representado por el Abg. JULIO TROCONIS, contra la ciudadana: DILCIA ESPERANZA ROMERO DE CASTELLANO, representada por los JOSE LUIS MACHADO ASTULLIDO y BERNARDO ANTONIO PATIÑO MARQUEZ, todos identificados en autos, por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO. En consecuencia, SE CONDENA A LA DEMANDADA A entregar, libre de personas y cosas, el inmueble ubicado en el Caserío Las Tunas; Parroquia Catedral, Municipio Iribarren del Estado Lara, el cual comprende casa y terreno de dos mil quinientos noventa y dos metros cuadrados (2.592 m2 ), comprendido dentro de los siguientes linderos: NORTE: Inmueble que es o fue de Carmen de Camejo; SUR: Bienhechurias propiedad de José Antonio Jiménez.....