este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Juicio N° 04 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Con lugar la revisión de la medida cautelar sustitutiva de libertad consistente en detención domiciliaria en su propio domicilio, en favor de los ciudadanos: IVAN ANTONIO MONTILLA CHINCHILLA ,titular de la Cédula de Identidad personal Nº 10.845.483, residenciado en el Barrio San José Carrera 2 entre 8 y 9, casa S/N de esta ciudad, y RONALD JOSE PACHECO ALMAO, de nacionalidad Venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-16.748.026, residenciado en la misma dirección del primero, Barrio San José, Carrera 2, entre 8 y 9, casa S/N de esta ciudad,
Segundo: Líbrese oficio dirigido al Comandante de las Fuerzas Armadas Policiales del Estado Lara,, a los fines de notificarle del presente fallo y del deber que tiene de i.....