este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, especialmente por el aparte único del artículo 185 del Código Civil, DECLARA CON LUGAR la conversión de esta separación en DIVORCIO y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los Ciudadanos PEDRO ELIAS CAMACHO ARRIECHE y MARIA BENICIA RAMOS MARCHAN por ante EL Juzgado Cuarto del Municipio Iribarren de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha: 02-07-2008 anotado bajo el Nº 236, del Libro de Registro Civil de Matrimonios. Durante el Matrimonio no procrearon hijos. Estámpese la Nota Marginal en el Libro de Matrimonios llevados por ante este Tribunal en el año 2008, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias certificadas que soliciten los interesados. --------------------------------------------------
REGISTRESE Y PUBLIQUESE. Queda firme en esta misma fecha.-------
Dado, sell.....