DISPOSITIVA
Con fuerza de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Quinto de Juicio de Primera Instancia Penal del Circuito Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos: Primero: Se Admite Totalmente la Acusación formulada por el Ministerio Público en contra del ciudadano ELIAS ANTONIO CAMACHO PERAZA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 7.342.156, el 17-04-1960, de 46 años de edad, de profesión u oficio Técnico Electrónico, domiciliado en la Calle 17 con Carrera 15 Nro. 15-07, Barquisimeto Estado Lara, artículo 20 de la Ley Sobre la Violencia Contra la Mujer y la Familia; asimismo se admitieron totalmente los medios de prueba ofrecidos por la Vindicta Pública, por considerar esta instancia Judicial que los mismos son legales, lícitos, pertinentes y necesarios para el esclarecimiento de los hechos y determinación de la r.....