Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal, de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial penal del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República y por Autoridad de la Ley OTORGA al penado: RIVERO MARQUEZ JOHAN JOSE, titular de la cédula de identidad nro. 16.737.783, PERMISO ORDINARIO DE 48 HORAS, el cual deberá cumplir en el siguiente domicilio: Barrio 24 de Julio, Avenida Principal, nro. 05, al oeste de la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, imponiéndosele las siguientes condiciones: 1.- No cambiar de domicilio sin autorización del Tribunal.- 2.- Culminar los estudios formales (Bachillerato), debiendo consignar constancias de estudios y de notas al Tribunal con la periodicidad de cada tres (03) meses. 3.- No portar ningún tipo de armas, así como la prohibición de consumir cualquier sustancia estupefaciente y psicotrópica.- 4.- Mantenerse laboralmente activo, consignando constancia de trabajo al tribunal cada tres .....