DISPOSITIVA
Por todo lo antes expuesto este Tribunal de Control N° 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Decreta la Privación Judicial Preventiva de Libertad a la imputada NOHEMI DEL VALLE CORRA BARBOZA titular de la Cédula de Identidad N° 15.314.042, de (22) años de edad, de estado Civil soltera, Profesión oficio: Obrera, residenciada en la ciudad de Caracas, por cuanto se encuentran llenos los extremos de los artículos 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, por la comisión del delito de Homicidio Intencional Simple previsto en el artículo 407 del Código Penal Venezolano el cual fue perpetrado en contra de la ciudadana Roraima Josefina Méndez. Líbrese boleta de encarcelación y oficios.