DISPOSITIVA
Por las razones expuestas y artículos citados, este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Trujillo, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, acuerda:
PRIMERO: Se homologa el convenimiento realizado en fecha 31-01-07, entre los ciudadanos: MARIA GRABIELA ACEVEDO SILVA y JOSE CANDELARIO GUTIERREZ, ya identificados, ante el Consejo de Protección del Niño y Adolescente del Municipio Bolívar, Estado Trujillo, habida cuenta de que el padre convino en fecha: 31-01-2007, en aportarle la suma de ciento noventa mil bolívares (Bs.190.000,00) mensuales, a partir del día 15 de Febrero de 2007, los cuales serán entregados en el Consejo de Protección ubicado en el Sector el Campamento, Sabana Grande, Municipio Bolívar; de la misma manera se compromete a cubrir los gastos escolares en el momento que sea necesario, así como los gastos de vestido y los que corresponden .....