SE DECLARA SIN LUGAR, el Recurso de Apelación interpuesto por la Fiscal Décimo Tercera del Ministerio Público del Estado Lara, contra de la decisión dictada por el Juez de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 2 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 19 de Octubre de 2006, en la cual otorgó al penado al supra referido penado, el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, por el lapso de ONCE MESES Y VEINTISEIS DIAS.