Por las razones anteriormente expuestas, este TRIBUNAL ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA: PRIMERO: SIN LUGAR, la TACHA INCIDENTAL propuesta por la parte actora-tachante: JOSÉ COROMOTO GUEDEZ AMAYA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° 7.425.344, por intermedio de sus apoderados judiciales: ANTONIO ORTIZ LANDAETA, y ELIANNY ROMANO, abogados en ejercicios, e inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 15.235 92.384, respectivamente, en contra de la parte demandada-tachada: SERENOS YARACUY, C.A., de este domicilio, en la persona de su Presidente, ciudadano: JOSÉ GOMES RODRÍGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 5.841.517, y de este domicilio, y representada judicialmente por el abogado: PEDRO ROJAS MALPICA, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 5.586.- SEGUNDO: La Tacha Incidental se declara Sin Lugar, por lo que respecta a am.....