PRIMERO: Con Lugar la oposición interpuesta por el ciudadano LUIS EDUARDO AGUILA MENDOZA, asistido por el abogado GILBERT DIAZ SEQUERA , en su carácter de tercero opositor a la medida de embargo acordada sobre un vehiculo (camión) de su propiedad. Asi se decide.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza especial del presente asunto .A si se decide
TERCERO: Se ordena la Notificación de las partes por cuanto la misma fue dictada fuera del lapso establecido, a fin de que una vez que conste en autos la ultima notificación las partes puedan ejercer los recursos que h bien consideren necesarios
CUARTO: Se acuerda suspender la medida de embargo sobre el vehiculo embargado por este tribunal en fecha 22 de junio de 2007 y se ordena librar oficio al Instituto de Transito y Transporte Terrestre Cuerpo Técnico de Vigilancia del Transito y Transporte Terrestre U.E.V.T.T. N° 51 LARA, para su posterior entrega.
Dada, firmada y sellada en la Sala del Despacho del .....