DISPOSITIVA
En tal virtud este Tribunal administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara con lugar, la presente solicitud de rectificación de la partida de la adolescente (Se omite su Nombre de acuerdo a lo establecido por el artículo 65 de la L.O.P.N.A.,) la cual se encuentra asentada en la Prefectura de la Parroquia el Dividive del Municipio Miranda del Estado Trujillo, bajo el Nº 99, correspondiente al año 2000, en el sentido de que se asiente la respectiva nota marginal indicando ".. Que el número de la cédula de identidad del progenitor es V-4.325.860". Envíese copia certificada de esta decisión al ciudadano Registro Civil del Municipio Miranda del Estado Trujillo, al Registrador Principal del mismo Estado, a los fines indicados en el Código Civil. Dada, firmada y sellada en la sede del Despacho de este Tribunal. En Trujillo a los veintiséis (26) días del mes de Julio del año Dos Mil Siete (2007) Años: 197º de la.....