Este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR el Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por los abogados ABDÍAS ARÉVALO D¿ACOSTA, INÉS ARÉVALO RONDÓN y ABDÍAS ARÉVALO RONDÓN, inscritos en el Inpreabogado con los números: 0305, 59016 y 71.375, respectivamente, quienes actúan con el carácter de apoderados judiciales de la sociedad mercantil CONSTRUCTORA PESELL, S.R.L, identificada ut supra, según poder autenticado ante la Notaría Pública Primera de Nirgua, estado Yaracuy, en fecha 10 de diciembre de 1999, bajo el número 30, Tomo 12 de los Libros de Autenticaciones llevados por la mencionada Notaría, en contra de la Resolución GGSJ/GR/DRAAT/2005/3684, de fecha 26 de diciembre de 2005, emitida por la Gerencia de Recursos del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), notificada el 11 de abril de 2006, que declaró parcial.....