Este Tribunal de Juicio N° 2 en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONDENA a los ciudadanos LEONARDO EDUARDO CABELLO SUÁREZ, ADRIANA MARIA TORREALBA Y MARYURI JOHANA LOPEZ CASTAÑEDA, a cumplir la pana de 2 AÑOS DE PRISION, mas las accesorias de ley contenidas en el art. 16 del C.P. Se remitiran las actuaciones al Tribunal de Ejecución en el lapso legal. Se mantienen las medidas cautelares sustitutivas de la priv. de libertad que gozan los referidos penados, manteniendo su presentación cada 8 días ante la URDD. De conformidad con el art. 367 del COPP, se fija provisoriamente la fecha en que finalizará la condena de los penados en fecha 25-08-2006 a las 12:00 p.m., dejando a salvo el cómputo definitivo del Tribunal de Ejecución, conforme a los dispuesto por el art. 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
LA JUEZ DE JUICIO N° 2
Abg. Minerva Parra Montilla
EL SECRETARIO