Llenos los requisitos exigidos, considerando este Juzgado de conformidad con la norma del artículo 267 del Código Civil, que le corresponden en su condición de beneficiario al niño IDENTIDAD OMITIDA DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE, una cuota parte de la póliza de seguro Nº 10525623 suscrita por el de cujus ciudadano RUBEN DARIO SARMIENTO PEREZ ante la empresa Seguros La Occidental, siendo beneficioso para el niño, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Lara con sede en Barquisimeto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, autoriza suficientemente a la ciudadana DINALY ELINA GORDILLO GUEDEZ, ya identificada, para gestionar ante la empresa Seguros La Occidental., la cuota parte de la póliza de seguro que corresponde al niño en su.....