En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jueza Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: se declara sin lugar la apelación, se confirma la sentencia recurrida.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas conforme a las prerrogativas de la parte demandada