Por los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Superior Tercero Agrario en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA IMPROCEDENTE la solicitud de la Medida Cautelar Innominada solicitada por la apoderada judicial de la parte accionante, abogada Neyda Padilla Colmenárez, en el juicio por Recurso de Nulidad Agrario con suspensión de efectos de las medidas de aseguramiento dictada y de los efectos del acto recurrido contra la suspensión de los efectos de la medida de aseguramiento acordada el 12 de marzo de 2008 dictada por el Directorio del Instituto Nacional de Tierras INTI, en sesión 167-08, Punto de Cuenta Nº 003.
Expídase copia certificada de la presente decisión a los fines del artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.