Por los razonamientos de hechos y de derechos que anteceden, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandada, contra la sentencia dictada en fecha 18 de enero de 2007 por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del trabajo de esta Circunscripción Judicial.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda incoada, condenándose a la demandada a pagar los conceptos declarados procedentes por el Juzgado A quo, bajo la forma de cálculo establecida en la parte motiva de esta sentencia.
TERCERO: Dada la naturaleza del fallo, no hay condenatoria en Costas
CUARTO: Se MODIFICA la Sentencia apelada respecto a la base de cálculo de los conceptos condenados a pagar.