TITULO III.
DISPOSITIVA
Por todas las razones expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA, Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Declara SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por Abg. Leiba Morin, en su carácter de Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público, contra la decisión dictada por el Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución Nº 02 de este Circuito Judicial Penal, en fecha 28 de Febrero de 2008, mediante la cual acuerda el Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, por un lapso de UN (01) AÑO, al ciudadano GILBERTO ALBERTO QUIROZ SANGRONIS.
SEGUNDO: Se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes el fallo recurrido.
TERCERO: Se ORDENA la remisión inmediata de las presentes actuaciones, al Tribunal de Primera Instancia en funciones de Ejecución N° 2 de éste Circuito Judicial .....