DISPOSITIVA
En mérito a las razones que preceden, este Juzgado Nº 11 en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, extensión Carora, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, a tenor de lo dispuesto en los artículos 250 y 251 ordinales 1º, 2º, 3º y parágrafo primero de este último artículo del Código Orgánico Procesal Penal; DECLARA
PRIMERO: Con Lugar la Aprehensión en Flagrancia, de los imputados LUIS ENRIQUE SALAS HERNANDEZ, Venezolano, Titular de la Cedula de identidad Nº V-19.300.660 y AMBROSIO ANTONIO VERDES PIRE, Venezolano, Titular de la Cedula de identidad Nº V-21.275.933, por la presunta comisión de los delitos de TRAFICO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN LA MODALIDAD DE OCULTAMIENTO previsto y sancionado en el articulo 149 segundo aparte de la Ley Orgánica de Drogas (precalificación fiscal).
SEGUNDO: Se acuerda la tramitación del presente proceso por la vía del Procedimiento Abreviado a te.....