PRIMERO: SIN LUGAR la recusación planteada por el abogado MARTIN ENRIQUE BONILLA, inscrito en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 17.821, actuando en su propio nombre y representación, y con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ALBA MARLENE HERNÁNDEZ DE LISBOA, titular de la cédula de identidad N° V-3.858.835, contra la abogada BELÉN BEATRIZ DAN COLMENÁREZ, Jueza Provisorio del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del estado Lara.
SEGUNDO: SE IMPONE al abogado MARTIN ENRIQUE BONILLA, actuando en su propio nombre y representación, y con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana ALBA MARLENE HERNÁNDEZ DE LISBOA, multa, por la cantidad de dos mil bolívares con cero céntimos (Bs. 2.000,00), conforme el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, los cuales deberán ser declarados al Fisco Nacional, a tal fin se ordena librar oficio dirigido al Servicio Nacional Integrado de Ad.....