Así las cosas y tejidos los razonamientos precedentes, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y, por autoridad que le confiere la Ley declara: CON LUGAR la demanda interpuesta por la ciudadana MORELLA DEL VALLE SALAS DURAN, titular de la cedula de identidad Nº 7.352.940 contra de UNICON y UNIVENSA., por lo que se condena al grupo Unción a cancelarle a la trabajadora la diferencia salarial como se explica en la motiva del fallo al igual que la diferencia de las prestaciones sociales que de igual manera se explica en la motiva.