DECISIÓN
Este Juzgado Superior Primero Civil, por las consideraciones antes expuestas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, con fundamento en el Art. 53 de la Ley de Derecho Internacional Privado, concede FUERZA EJECUTORIA en el territorio de la República Bolivariana de Venezuela a la sentencia de DIVORCIO de fecha 14 de junio de 2010, dictada por EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN N. 1. VILLAGARCIA DE AROUSA, ESPAÑA. SENTENCIA: 00097/2010, con su Apostille o legalización única Convenio de la Haya; que declaró DISUELTO por DIVORCIO el matrimonio de ERIKA MARÍA MEDINA CASTILLLO con CARLOS DIEGO FIRRIOLO, con todos los efectos legales inherentes a dicha declaración.
Devuélvanse los documentos acompañados a dicha solicitud y déjese copia certificada en su lugar, de conformidad con el Artículo 112 del Código de Procedimiento Civil.
Expídase copia certificada de esta decisión y entréguesele al solicitante, a los fines legales consig.....