En Virtud de las razones antes expuestas, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial Del Estado Lara, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano KLEYBER ALEXANDER ACOSTA APONTE, venezolano, mayor de edad, cedula de identidad Nro. 21.725.307 y de este domicilio, contra la entidad de trabajo GOYO PIZZAS F.P. representada por ciudadano DIMAS GREGORIO RODRÍGUEZ MUJICA