DECISIÓN
Por las razones antes expuestas y en mérito de las anteriores consideraciones, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA: CON LUGAR LA PRESENTE INCIDENCIA DEL ARTÍCULO 607 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL EN JUICIO DE DIVORCIO CONTENCIOSO, intentado por la ciudadana SARID CAROLINA ORTIZ PERAZA, contra el ciudadano OSCAR JOSE BARRIOS CASTILLO, antes identificados. En justa correspondencia con lo anterior este Juzgado ORDENA LA REAPERTURA del procedimiento y se fija nuevamente el Acto de Contestación de la Demanda, que tendrá lugar al QUINTO (5°) día de despacho siguiente, en horas de despacho, posterior a la constancia en autos de la notificación a las partes. Líbrense boletas.
Déjese copia certificada de la presente decisión, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Códi.....