Por todos los razonamientos de hecho y de Derecho expuestos, el Juez Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por la autoridad que le confieren la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: Reponer la causa al estado en que el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de esta Circunscripción Judicial agregue las pruebas correspondientes a la parte demandada RESTOVEN DE VENEZUELA C.A.
SEGUNDO: Una vez subsanado lo antes indicado se proceda a la remision inmediata del expediente a este Tribunal.