En mérito de lo anteriormente expuesto, la Jueza Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la autoridad que le confieren la Constitución, la Ley y el Derecho, DECIDE:
PRIMERO: se declara CON LUGAR, la apelación incoada por la parte demandante.
SEGUNDO: se ordena REPONER LA CAUSA, al estado en que el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, del trabajo de la circunscripción judicial del Estado Lara, designe a un nuevo experto contable.