Se dictó SENTENCIA INTERLOCUTORIA, mediante la cual se declaró SIN LUGAR el RECURSO DE APELACIÓN interpuesto en fecha 25 de junio de 2014, por la abogada Marianella Nohemí Rodriguez Martínez, apoderaeda judicial de la parte demanedada, contra la decisión dictada en fecha 16 de junio de 2014, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. Quedó asi CONFIRMADO el auto apelado.