-V- DISPOSITIVA:
Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Segundo de Primera instancia Agrario de la Circunscripción Judicial del estado Lara, de conformidad con los artículos 305 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con lo establecido en el artículo 196 de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: SE MODIFICA LA MEDIDA AUTONOMA DE PROTECCION A LA PRODUCCION AGRICOLA otorgada en fecha 08 de mayo del 2017,sobre una unidad de producción denominada El Progreso, ubicada en el sector La Costa, Parroquia Tintorero, Municipio Jiménez del estado Lara, constante de una superficie de catorce hectáreas con dos mil doscientos cuarenta y cinco metros cuadrados.
DECRETANDOSE LA MEDIDA AUTONOMA DE PROTECCION A LA PRODUCCION AGRICOLA sobre un área de aproximadamente una hectárea, en el cual se observaron los cultivos de maíz y frijol negro, gene.....