En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Primera Instancia en Función de Juicio en Violencia contra la Mujer del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, PRIMERO: Declara INCULPABLE, al ciudadano JORGE RAFAEL URIBE, venezolano, casado, de 64 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 3243602, natural de Caracas, Dtto. Capital, hijo de Jorge Romero y Carmen Uribe, grado de instrucción Medico Cirujano Oncólogo, domiciliado en la Urb. El Parque, Residencias Luís Miguel II, Torre E, N° 84, de la comisión de los delitos de Violencia Psicológica y Amenazas, tipificados en los artículos 16 y 20 de la derogada Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, cometidos en agravio de la ciudadana OLGA ARANGUREN DE URIBE. SEGUNDO: En consecuencia se dicta sentencia absolutoria de conformidad con lo dispuesto en el artícul.....